A partir de ahora, los vinos de Rioja podrán reducir hasta un grado y medio su porcentaje de alcohol. La sesión plenaria del consejo regulador celebrada el pasado viernes día 13 de junio acordó modificar el pliego de condiciones para permitir el amparo de vinos tintos con una graduación alcohólica mínima de 10% (antes, 11,5%) y de vinos blancos y rosados con 9 % (antes 10,5%), según han informado fuentes internas.
De igual modo, en la reunión celebrada se decidió ampliar también la horquilla para los espumosos de calidad dispuestos para el consumo, fijando una graduación alcohólica obtenida mínima del 10 % (antes, 11 %) y máxima del 13 %.
Por el contrario, no hay cambios en lo referido a los vinos con “Crianza”, que deberán alcanzar una graduación mínima de 11,5 %. en el caso de los tintos y de 10,5 % en el de los blancos y rosados. Igualmente, se añade la indicación de “Viñedo Singular” a los vinos “Reserva” y “Gran Reserva”, que deberán alcanzar una graduación mínima de 12 % en los tintos y de 11 % en los blancos y rosados, «protegiendo así las menciones tradicionales».
En cuanto a las prácticas para la elaboración, con respecto a la graduación mínima permitida en las uvas, se mantiene en un 11 % para las uvas tintas, y se baja grado y medio, de 10,5 % a 9 %, para las blancas, “brindando más posibilidades a los operadores que trabajan con estas variedades y que elaboran vinos blancos”.
Se trata de algunas de las decisiones “trascendentales” adoptadas en la última sesión plenaria celebrada por el órgano de gobierno del vino riojano, la última presidida por Fernando Ezquerro, que van a condicionar el futuro inmediato de la denominación más antigua de España, justo cuando se cumplen 100 años de su fundación.
Normas de campaña
Por otro lado, en lo relativo a los aspectos técnicos y siguiendo el calendario de trabajo, de acuerdo a las mismas fuentes, se mantienen sin modificación las normas de campaña ya aprobadas en enero, ratificadas por el Plan para la Recuperación del Equilibrio.
“No hay novedad, por tanto”, sostienen, “en las normas para la próxima vendimia con respecto al año anterior: se mantiene el amparo del 90 % del rendimiento establecido por las normas de la denominación en el caso de las uvas tintas, lo que supone un máximo de 5.850 kilos por hectárea, y el 100 % del rendimiento establecido para las uvas blancas, es decir, un máximo de 9.000 kilos por hectárea. También se mantiene el rendimiento de transformación amparable del 69 % en el caso de uva tinta y del 70 % en el caso de la uva blanca destinada a la elaboración de vino blanco”.
Asimismo, la totalidad del exceso de producción que supere el rendimiento amparado deberá destinarse a destilación, incluido el 4 % de reducción por causas climáticas.
Nuevas menciones en el etiquetado
En esta línea, el pleno del consejo regulador también ha aprobado modificaciones en los requisitos para regular nuevas menciones facultativas en el etiquetado. Así, los términos “Vendimia temprana”, “Early Harvest” o similares serán aplicables en vinos tintos, rosados y blancos con una graduación adquirida que deberá ser igual o inferior a 12 %. en el caso de los tintos, e igual o inferior a 11 % en los blancos y rosados.
Por su parte, se podrá aplicar la mención “red blend” a la mezcla de vinos tintos con un contenido en azúcar superior a 4 gr/l. e inferior a 12 gr/l.; el término “rosé blend” será aplicable a la mezcla de vinos rosados con un contenido en azúcar comprendido entre los 12 y los 45 gr/l., y “white blend” hará referencia a la mezcla de vinos blancos con un contenido en azúcar comprendido entre los 12 y los 45 gr/ l. “Estas menciones”, indica el consejo, “sólo podrán utilizarse en vinos con cinta genérica”.